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Resolución General 1/2020
Ciudad de Buenos Aires, 18/03/2020
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que en atención a las circunstancias que a la fecha resultan de conocimiento público y de relevancia social e institucional, referidas a la declaración de pandemia efectuada recientemente por la Organización Mundial de la Salud respecto de la infección causada por el virus COVID-19 (coronavirus) y a la emergencia sanitaria en este marco ampliada por el Poder Ejecutivo Nacional, mediante decreto 260/2020, que había sido declarada por Ley 27.541, y en línea con las medidas establecidas recientemente por las autoridades nacionales, provinciales y de la CABA, es necesario por parte de este organismo adoptar medidas que contribuyan al aislamiento sanitario.
Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 27 del Reglamento Procesal para la Comisión Arbitral y Comisión Plenaria –Resolución C.P. Nº 32/2015–.
Por ello,
LA COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18/8/77
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Declárase inhábiles los días 18 a 31 de marzo de 2020 a los fines del cómputo de los plazos procesales en todas las actuaciones administrativas que se tramitan ante los organismos de aplicación del Convenio Multilateral del 18.08.77, sin perjuicio de la validez de los actos procesales cumplidos o que se cumplan.
ARTÍCULO 2º.-. Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, notifíquese a las jurisdicciones adheridas y archívese. Fernando Mauricio Biale - Agustín Domingo
e. 20/03/2020 N° 15881/20 v. 20/03/2020
Fuente: Boletín Oficial