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Gabriela Carranza, gerente de Broker Andino, entidad asesora de seguros en Cuyo que trabaja con distintas ART; destacó la entrada en vigencia de la Resolución 21/2020 del Ministerio de Trabajo y la Superintendencia de Riesgos de Trabajo, que permite otorgar licencia a los trabajadores que estén en grupos de riesgo (ver claves) para que puedan trabajar desde la casa. Carranza advirtió que la empresa debe enviar la nómina de empleados en esa condición porque el domicilio laboral para las ART se traslada al hogar. "Es importante que los empleados hagan una nómina en formato Excel, con el nombre, CUIL, domicilio, tarea que se desempeña y las horas asignadas a la tarea, ya que si se informa un siniestro, le cubre los accidentes", señaló. Los accidentes domésticos serán cubiertos dentro de la jornada laboral, pero si ocurre un accidente suponiendo que el empleado salga a comprar algún alimento hay dudas, y habrá que estudiar caso en forma particular.
LAS CLAVES
Licencias
Según el decreto se otorga licencia y posibilidad de trabajo desde la casa a toda persona mayor a 60 años, a trabajadores con patologías crónicas (diabetes, oncológicas, etc.) y respiratorias (asma bronquitis crónica, EPOC, etc.) y embarazadas.
Empleados viajeros
También están licenciados los trabajadores que hayan arribado de países de riesgo (China, India, EEUU, Corea, Japón, Europa toda, Chile y Brasil), o que hayan estado en contacto estrecho con personas que vengan de estos países.
Cobertura de ART
Las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) no cubrirán contagios en lugar de trabajo, como tampoco a trabajadores que estén en tratamiento por ART, aunque manifiesten que se contagiaron en la institución donde están siendo asistidos por su accidente.
En el hogar
Los trabajadores que se encuentren con tareas de Home Office (es decir, trabajos en el hogar) serán cubiertos por las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo, previa denuncia por parte de la empresa de nómina, domicilios y horarios.
Fuente: diario de Cuyo
Licencias
Según el decreto se otorga licencia y posibilidad de trabajo desde la casa a toda persona mayor a 60 años, a trabajadores con patologías crónicas (diabetes, oncológicas, etc.) y respiratorias (asma bronquitis crónica, EPOC, etc.) y embarazadas.
Empleados viajeros
También están licenciados los trabajadores que hayan arribado de países de riesgo (China, India, EEUU, Corea, Japón, Europa toda, Chile y Brasil), o que hayan estado en contacto estrecho con personas que vengan de estos países.
Cobertura de ART
Las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) no cubrirán contagios en lugar de trabajo, como tampoco a trabajadores que estén en tratamiento por ART, aunque manifiesten que se contagiaron en la institución donde están siendo asistidos por su accidente.
En el hogar
Los trabajadores que se encuentren con tareas de Home Office (es decir, trabajos en el hogar) serán cubiertos por las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo, previa denuncia por parte de la empresa de nómina, domicilios y horarios.
Fuente: diario de Cuyo