...por el mundo... Juzgado reconoce negligencia médica como accidente para pago seguro de vida

Cómo elegir la cantidad adecuada de un seguro de vida | La Opinión
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El Juzgado de Primera Instancia número 9 de Málaga ha dictado una sentencia en la que condena a una aseguradora a pagar a una viuda de un fallecido en el 2009 por negligencia médica la póliza del seguro de vida al considerar dicha negligencia como un accidente.

El paciente tenía contratadas con una compañía de seguros determinadas coberturas para casos de siniestro, entre ellos una póliza de seguro de accidentes individuales (seguro contra accidentes causantes de muerte o invalidez permanente), según ha informado el abogado Damián Vázquez, de la asociación El Defensor del Paciente, que ha llevado el caso.


El letrado ha destacado a Efe la importancia de esta sentencia al afirmar que es "un tema pionero, con independencia de la cuantía, que puede servir para otros casos, y que se consideren como accidentes negligencias médicas" a efecto del cobro de estas pólizas.

Ello permitiría reclamar indemnización por la negligencia médica y, por otro lado, a la aseguradora por la póliza de seguro de vida o invalidez.

La póliza tenía como beneficiarios de la suma asegurada (3.005 euros) a los herederos para el caso de que se materializase el riesgo, es decir, en caso de que se produjese el siniestro objeto de cobertura: un accidente corporal que comportase al muerte al asegurado independientemente de su voluntad.

En este caso, el Juzgado ha estimado parcialmente la demanda y ha condenado a abonar 1.502,53 euros, la mitad de la cuantía, porque en la póliza aparece la viuda e hijos y solo ha reclamado la primera, ha explicado Vázquez.

El paciente falleció el 3 de agosto de 2009 en el Hospital Regional de málaga por una negligencia médica por la que el Juzgado de lo Contencioso 3 de Málaga ya declaró en 2014 el derecho de los herederos a una indemnización de daños y perjuicios de 153.761,69 euros por parte del Servicio Andaluz de Salud y la aseguradora Zurich.

Según Vázquez, fue necesario esperar a dicha resolución judicial para acreditar que la causa de la muerte fue derivada de un accidente corporal ajeno a la voluntad del asegurado, y posteriormente se ha tramitado la demanda para reclamar el pago del seguro de vida.

Fuente: lavanguardia